jueves, 22 de abril de 2021

Corte Constitucional tumbó el IVA a las copas menstruales

La decisión la tomó la sala plena este miércoles. Estos son los argumentos.


La Corte Constitucional en una decisión histórica tumbo el IVA que se aplicaba a las denominadas copas menstruales tras debatir el tema en Sala Plena. La demanda planteaba que se incluyeran los demás productos similares como las copas menstruales (gravadas a la tarifa general del 19%), dentro de los bienes exentos del IVA (partida 96.19, toallas sanitarias y tampones) previsto en el artículo 188 de la Ley 1819 de 2016 (reforma tributaria).

Finalmente, la Corte Constitucional les dio la razón. Cabe recordar que en su momento, en el fallo C 117 de 2018, el alto tribunal explicó que el gravamen que se aplicaba a esos productos “discrimina a las mujeres cuando impone un gravamen por consumir productos insustituibles y que tocan con su dignidad, con lo que se impacta desproporcionadamente a las mujeres, especialmente a las más pobres”.



#copamenstrual #higiene #mujeres #toallashigienicas #tampones

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Esperamos sus comentarios

Es un acto de honestidad política.

  Durante siglos se nos educó para callar “por prudencia”, para no incomodar, para no romper la armonía ajena, para cuidar la tranquilidad d...